SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0272/2020-S2
Fecha: 31-Jul-2020
1)
Los accionantes a través de su abogado, ratificaron el tenor íntegro de la acción de libertad y ampliándola manifestaron que: 1) La Ley 259 si bien establece la prohibición de consumo de bebidas alcohólicas en vía pública que en el presente caso no se dio, su art. 3 determina que los infractores serán trasladados al centro policial más cercano, a efectos de realizar el registro y la imposición de la sanción correspondiente como ser una multa o en su caso trabajo comunitario, sin que ello implique arresto, lo contrario se considera una privación de libertad ilegal; y, 2) El art. 251 de la CPE define las finalidades y funciones de la Policía Boliviana la cual es mantener y precautelar el orden público, y todo su trabajo lo tienen que hacer en el marco de la vigencia y respeto de los derechos fundamentales.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- I.3.
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre la acción de libertad
- Consiguientemente, del contenido de los preceptos aludidos y los debates parlamentarios glosados, se extrae de manera clara y precisa que la voluntad del legislador es que las lesiones al derecho a la libertad encuentren protección dentro del ámbito del hábeas corpus, declarando su procedencia en los casos en que se constate la existencia de una ilegal privación de libertad, no obstante haber cesado la detención antes de la interposición del recurso…
- III.2. Análisis del caso concreto
- RECUPERACIÓN DE ESPACIOS PÚBLICOS, LEY 264 UNA VIDA SEGURA, LEY 259 CONTROL Y CONSUMO DE BEBIDAS ALCOHÓLICAS, DISTRITO MUNICIPAL 4
- CONFIRMAR