AUTO CONSTITUCIONAL 0136/2020-CA
Fecha: 11-Ago-2020
I.1. Antecedentes
Mediante memorial presentado el 3 de agosto de 2020, cursante de fs. 21 a 32 vta., la Presidenta en ejercicio del Estado Plurinacional de Bolivia, señala que al enviarle la Asamblea Legislativa Plurinacional el Proyecto de Ley C.S 182/2019, este se encuentra en su jurisdicción y por ello, cuenta con legitimación activa para remitir a este Tribunal en consulta, con el argumento de que fue aprobado y sancionado por el Órgano Legislativo en omisión de previsiones constitucionales importantes para el nacimiento de una Ley; así como también, no obedece en su totalidad a los parámetros de técnica normativa y legislativa previstos en el art. “17.1.7.2” del Manual de Técnica Normativa aprobado por Decreto Supremo (DS) 25350 de 8 de abril de 1999, pues no contempla en su contenido el ámbito de aplicación y la finalidad de la misma; y, no establece el tiempo que tendrá vigencia considerando que tiene una connotación de orden extraordinario para la atención.
- Proyecto de Ley C.S 182/2019-2020
- I.1. Antecedentes
- a)
- VULNERAR EL PRINCIPIO DE COORDINACIÓN Y COOPERACIÓN DE ÓRGANOS DEL ESTADO, EL PROCEDIMIENTO LEGISLATIVO Y VULNERAR COMPETENCIAS AUTONÓMICAS DE LOS GOBIERNO MUNICIPALES
- cuya iniciativa tengan su origen en el Órgano Ejecutivo,
- Comisión de Admisión,
- RECHAZAR