Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0340/2020-S2
Fecha: 12-Ago-2020
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Denunció que hasta el momento de la interposición de la presente acción tutelar, pasaron cinco días desde que presentó el incidente y la autoridad judicial en suplencia legal, no emitió pronunciamiento alguno; situación que le impidió acogerse a los beneficios previstos en la Ley de Ejecución Penal y Supervisión (LEPS) -Ley 2298 de 20 de diciembre de 2001-. Manifestó que el art. 30 de la Ley del Órgano Judicial (LOJ) establece los principios de eficiencia, inmediatez y el de celeridad, los que comprenden la agilidad en la tramitación de los procesos judiciales, procurando el ejercicio oportuno y rápido de la administración de justicia.