Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0352/2020-S2
Fecha: 19-Ago-2020
II.1.
II.1. Cursa Circular 285/2019 de 20 de noviembre, emitida por Efraín Cruz Limachi, Presidente del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, por la cual comunicó oficialmente que la vacación judicial colectiva para todos los funcionarios de dicha institución a nivel departamental, sería cumplida a partir del 9 al 31 de diciembre de similar año, retomando las actividades judiciales el 2 de enero de 2020; haciendo conocer el rol de las autoridades, juzgados y servidores públicos que permanecerían de turno (fs. 15 a 19).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- DEBIDO PROCESO
- denegó
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La carga de la prueba en acción de libertad
- el actor demuestre o acredite con la prueba pertinente la supuesta vulneración que acusa; toda vez que, el fallo o determinación que se asuma debe obedecer a la certidumbre sobre si en efecto se ha violado o está amenazado el derecho de locomoción, ya que no es suficiente la manifestación del actor
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR