SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0455/2020-S4
Fecha: 16-Sep-2020
denegó
El Juzgado de Sentencia Penal Décimo Quinto del departamento de Santa Cruz, constituido en Juez de garantías, mediante Resolución 18/“2019” de 1 de enero de 2020, cursante de fs. 10 vta. a 12, denegó la tutela, bajo los siguientes fundamentos: 1) Del análisis de la prueba aportada, se advierte que la hoja de ruta demuestra que la funcionaria, ahora demandada, remitió el memorial presentado por el abogado de la parte accionante, el 9 de diciembre de 2019, al Juzgado de Ejecución Penal Cuarto del mencionado departamento, que se encontraba de turno, el 24 del mismo mes y año a las 11:34, documento que cuenta con el cargo de recepción por Noemí Lucy Nina Quino, Auxiliar de ese Juzgado; y, 2) De tal elemento probatorio, aportado por la funcionaria demandada, se concluye que el escrito presentado por el accionante ya fue remitido al Juzgado de turno el 24 de diciembre, lo que significa que al momento de la presentación de la acción de libertad, los supuestos fácticos que propiciaron su interposición, hubieran cesado, por tal motivo, opera la pérdida de objeto del proceso, y ante tal circunstancia, corresponde la denegatoria de la tutela impetrada.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- denegó
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Jurisprudencia reiterada sobre la acción de libertad traslativa o de pronto despacho
- III.2. Del debido proceso y su vinculación con el derecho a la libertad
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR