Sin embargo, en reunión de todos los representantes de la región metropolitana, con la finalidad de elaborar acciones de contingencia se aprobó el “PLAN DE ACCION PARA LA CUARENTENA RIGIDA DE LA REGION METROPOLITANA KANATA” (sic), mediante Resolución
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

Sin embargo, en reunión de todos los representantes de la región metropolitana, con la finalidad de elaborar acciones de contingencia se aprobó el “PLAN DE ACCION PARA LA CUARENTENA RIGIDA DE LA REGION METROPOLITANA KANATA” (sic), mediante Resolución

Fecha: 17-Sep-2020

Fragmento 8

No obstante en la acción de inconstitucionalidad abstracta que se analiza, se evidencia que no se señala con claridad, de qué manera se quebrantaron los artículos de la Norma Suprema que fueron identificados en el escrito, pues simplemente hace una copia textual de dichos preceptos constitucionales, alegando que los artículos cuestionados de la Ley Municipal impugnada, desconocen el principio de irretroactividad de la ley, debido a que se efectuó modificaciones a una Ley que ya no tenía vigencia al 5 de abril de 2020, por mandato precisamente del art. 13 de la Ley Municipal 243 modificada; y, a pesar de haber sido observada esa situación, no se tomó en cuenta y se procedió a la promulgación por parte del Concejo Municipal, ocasionando que exista una Ley Municipal incongruente e incompatible con la Constitución Política del Estado, argumentos que denotan una insuficiencia en los cargos de inconstitucionalidad planteados; es decir, que no se llega a establecer cómo se transgredieron los preceptos constitucionales invocados por la parte accionante, y tampoco se expuso el análisis comparativo en base a la contrastación del texto constitucional con la ley municipal cuestionada, denotando con ello la carencia absoluta de fundamentación jurídico-constitucional, de manera que no se generó duda razonable sobre la constitucionalidad de dicha ley, imposibilitando la admisión de la demanda y un pronunciamiento de fondo.