Sin embargo, en reunión de todos los representantes de la región metropolitana, con la finalidad de elaborar acciones de contingencia se aprobó el “PLAN DE ACCION PARA LA CUARENTENA RIGIDA DE LA REGION METROPOLITANA KANATA” (sic), mediante Resolución
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

Sin embargo, en reunión de todos los representantes de la región metropolitana, con la finalidad de elaborar acciones de contingencia se aprobó el “PLAN DE ACCION PARA LA CUARENTENA RIGIDA DE LA REGION METROPOLITANA KANATA” (sic), mediante Resolución

Fecha: 17-Sep-2020

LEY MUNICIPAL N° 256 de 13 de julio de 2020, de MODIFICACION Y COMPLEMENTACION DE LA LEY MUNICIPAL N° 243 DE DECLARACION DE EMERGENCIA SANITARIA Y ADMINISTRATIVA

En el presente caso, se demanda la inconstitucionalidad de la “…LEY MUNICIPAL N° 256 de 13 de julio de 2020, de MODIFICACION Y COMPLEMENTACION DE LA LEY MUNICIPAL N° 243 DE DECLARACION DE EMERGENCIA SANITARIA Y ADMINISTRATIVA…” (sic); por ser presuntamente contraria a los   arts. 9.2 y 4, 115.II y 123 de la CPE.

En ese orden, cabe añadir que como se tiene expresado en el Fundamento Jurídico II.2 del presente fallo constitucional, no es suficiente citar los artículos del texto constitucional que se consideran vulnerados o citar jurisprudencia de modo aislado sobre determinadas circunstancias, tal como ocurrió en el presente caso que la accionante se limitó a transcribir sentencias constitucionales sobre la irretroactividad de la ley y el debido proceso, sin efectuar ninguna vinculación con los preceptos impugnados de inconstitucionales; consiguientemente, por previsión del art. 27.II inc. c) del CPCo, la Comisión de Admisión rechazará las acciones, por carencia absoluta de fundamentos jurídico-constitucionales, aspecto que implica que la accionante observe la necesidad de dejar plenamente establecidas las razones jurídicas que lleven a este Tribunal expulsar del ordenamiento jurídico, algún precepto contrario a la Ley Fundamental, lo cual sin duda debe estar correctamente expresado en los argumentos formulados en la acción de inconstitucionalidad abstracta, aspecto que no ocurrió en el caso en estudio.