VOTO DISIDENTE DE LA SCP 0036/2020
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

VOTO DISIDENTE DE LA SCP 0036/2020

Fecha: 23-Sep-2020

IMPROCEDENCIA

La suscrita Magistrada, comparte parcialmente la decisión adoptada en la         SCP 0036/2020 de 23 de septiembre, que resolvió declarar la IMPROCEDENCIA de la acción de inconstitucionalidad concreta interpuesta por Hugo Carrasco Callejas; por cuanto, si bien concuerda con el criterio, de que, respecto a la mayoría de los cargos de inconstitucionalidad, el accionante no cumplió con la fundamentación jurídica suficiente; empero, sobre la supuesta transgresión del principio del nom bis in ídem, se advierte que cumplió con la debida carga argumentativa para realizar el test de constitucionalidad a fin de ingresar al análisis de fondo del objeto procesal; al efecto, se emite el presente Voto Disidente bajo los siguientes argumentos jurídico constitucionales:

Al respecto, la suscrita Magistrada comparte parcialmente la decisión adoptada; por cuanto, al cumplirse los requisitos de admisibilidad evaluados en el                AC 0371/2018-CA de 21 de noviembre, considera que sobre la supuesta transgresión del principio del nom bis in ídem, debió ingresarse al análisis de fondo del objeto procesal.

Al respecto, la suscrita Magistrada si bien concuerda parcialmente con el criterio de que respecto a la supuesta vulneración del principio de legalidad y el derecho a la defensa, el accionante incumplió con la fundamentación jurídica suficiente; empero, sobre la supuesta transgresión del principio del nom bis in ídem, se advierte que cumplió con la debida carga argumentativa para realizar el test de constitucionalidad y como efecto de ello considera que debió ingresarse al fondo del objeto procesal a fin de declarar la constitucionalidad o inconstitucionalidad de la norma impugnada.