AUTO CONSTITUCIONAL 0003/2021-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0003/2021-RCA

Fecha: 12-Ene-2021

improcedencia

La Sala Constitucional Primera del departamento de Cochabamba, mediante Resolución de 19 de noviembre de 2020, cursante de fs. 24 a 25 vta., declaró la improcedencia de la presente acción tutelar disponiendo el archivo de obrados, bajo los siguientes fundamentos: 1) De acuerdo a los argumentos y la prueba presentada por los accionantes se evidencia que la presunta vulneración de sus derechos y garantías constitucionales emerge a raíz de un incidente de nulidad de obrados interpuesto dentro del proceso ejecutivo que les fue instaurado, el cual, desde su presentación hasta la activación de esta acción de defensa no fue resuelto por la autoridad demandada, transcurriendo más de nueve meses, no obstante de ello, señaló día y hora del segundo remate del bien inmueble objeto de ejecución, exponiéndose a un daño irreparable e irremediable; 2) De lo expuesto, se advierte que aún se encuentra pendiente de resolución el incidente planteado dentro del proceso ejecutivo en la instancia ordinaria bajo la dirección de la Jueza de la causa, quien presuntamente incumplió el plazo establecido en la normativa procesal civil para la resolución de incidentes; y, 3) Los reclamos detallados deben ser formulados ante la autoridad judicial ordinaria y en caso de no ser atendidos debe acudirse al Consejo de la Magistratura instancia “administrativa” que tiene competencia para conocer las irregularidades denunciadas por la parte ahora impetrante de tutela, por lo que antes de acudir a la vía constitucional, estos debieron acudir imperativamente a la instancia llamada por la ley, conforme establecen la normativa procesal constitucional y líneas jurisprudenciales existentes.