Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
La suscrita Magistrada tiene a bien aclarar el voto por el cual expresó su acuerdo con la decisión adoptada en el Auto Constitucional Plurinacional 0001/2021-RQ de 26 de enero, que declara NO HA LUGAR el recurso de queja interpuesto por Jeanine Añez
Fecha: 26-Ene-2021
III. CONCLUSIÓN
En consecuencia, conforme a las consideraciones precedentemente expuestas, la suscrita considera que el análisis de la vinculatoriedad del AC 0027/2020-CA invocada por la autoridad recurrente, no debió efectuarse en base a un análisis comparativo de supuestos fácticos (análisis de fondo), sino desestimando la procedencia de dicho tipo de análisis en base a la ausencia de calidad de cosa juzgada material en el aludido fallo constitucional.