ENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0794/2021-S3
Fecha: 20-Oct-2021
II. CONCLUSIONES
De la revisión de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:
II.1. Cursa mandamiento de libertad emitido el 31 de octubre de 2020, por Lucio Fermín Flores Alarcón, Juez de Instrucción Anticorrupción y contra la Violencia Hacia la Mujer Primero de El Alto del departamento de La Paz en favor de Hernán Mauricio Atila Enríquez -ahora accionante- (fs. 2).
II.2. Por memorial presentado el 31 de octubre de 2020, ante el Juez de Instrucción Penal de turno de El Alto del departamento de La Paz, Magaly Violeta Bustamante Herbas, Fiscal de Materia -hoy accionada-, solicitó la aplicación del art. 228 del CPP, poniendo a disposición de la autoridad jurisdiccional al accionante con la finalidad de que se le otorgue su libertad. En consecuencia, mediante providencia de “30” de igual mes y año, se tuvo presente la referida petición, y conforme lo establecido en el citado artículo, se fijó audiencia pública a efecto de definir la situación procesal del accionante para el 31 del indicado mes y año a las 17:00 horas (fs. 3 a 5 vta.).
II.3. Mediante memorial de 31 de octubre de 2020, presentado por la Fiscal de Materia ahora accionada, ante el Juez de Instrucción Penal de turno de El Alto del departamento de La Paz, se reiteró la solicitud de aplicación del art. 228 del CPP (fs. 6).
II.4. A través de la Resolución de aprehensión de 1 de noviembre de 2020, la Fiscal de Materia hoy accionada, en cumplimiento a las atribuciones conferidas por el art. 226 del CPP, dispuso la aprehensión del accionante por la presunta comisión del delito de violación de infante, niña, niño o adolescente, por ser necesaria la presencia del nombrado al existir suficientes indicios de que es con probabilidad autor del citado delito y el mismo puede ausentarse “del lugar” y obstaculizar la averiguación de la verdad (fs.7 a 8 vta.).
II.5. Cursa orden de aprehensión de 1 de noviembre de 2020, emitida por la Fiscal de Materia ahora accionada, por la que se dispuso la aprehensión del accionante (fs. 9).
II.6. Consta mandamiento de libertad emitido el 1 de noviembre de 2020, por Javier Vargas Arancibia, Juez de Instrucción Penal Segundo de la Capital del departamento de La Paz, constituido en Juez de garantías en favor del accionante (fs. 14).