SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0669/2021-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0669/2021-S4

Fecha: 12-Oct-2021

POR TANTO

El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Cuarta Especializada; en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión, resuelve: CONFIRMAR la Resolución 56/20 de 1 de octubre de 2020, cursante de fs. 55 a 57 vta., pronunciada por la Jueza de Sentencia Penal Décima del departamento de Santa Cruz; y, en consecuencia,

1º CONCEDER la tutela impetrada; con base a los fundamentos expuestos en el presente fallo constitucional, disponiendo: i) El cese de la persecución indebida, ilegal y arbitraria realizada por Iván Solano Quintanilla Calvimontes, Fiscal de Materia; Abel Montaño Cuellar y Luis Alberto Canido Balcázar, abogados patrocinantes, en contra de Elvira Velásquez Aramayo, Jueza de Sentencia Penal Octava del departamento de Santa Cruz, ii) Queda prohibida la intromisión del Ministerio Público, en el ejercicio jurisdiccional que viene realizando la accionante como funcionaria judicial en su calidad de Jueza; iii) Se garantiza la inviolabilidad del despacho judicial, donde la operadora de justicia, desarrolla sus funciones diarias; y, iv) Se deja sin efecto cualquier mandamiento de aprehensión que se hubiera emitido por el Ministerio Público en contra Elvira Velásquez Aramayo, en su calidad de Jueza de Sentencia Penal.

2º Exhortar a los abogados Abel Montaño Cuellar y Luis Alberto Canido Balcázar, que en oportunidades futuras se abstengan de realizar actos de hostigamiento, intimidación, amenazas, daños o actos que pongan en peligro la integridad física y personal de Elvira Velásquez Aramayo, Jueza de Sentencia Penal Octava del departamento de Santa Cruz.

3º Remitir antecedentes al Ministerio Público, en lo concerniente al Fiscal de Materia Iván Solano Quintanilla Calvimontes; para que, se investiguen los extremos denunciados en la vía correspondiente; al efecto, notifíquese con una copia del presente fallo constitucional al Fiscal Departamental de Santa Cruz.

Regístrese, notifíquese y publíquese en la Gaceta Constitucional Plurinacional.

Gonzalo Miguel Hurtado Zamorano

MAGISTRADO

René Yván Espada Navía

MAGISTRADO