SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0711/2021-S2
Fecha: 26-Oct-2021
II. CONCLUSIONES
De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:
II.1. Consta Acta de Intervención Contravencional VIRZA-C-0109/2019 de 23 de mayo de 2019, señalando que en el aforo realizado, se evidenció “…QUE [LA] SEÑORA REGINA TARQUI DE CARI TRANSPORTABA DOS BULTOS EN EL CUERPO, ESCONDIDOS EN EL ÁREA DEL BUSTO Y A SU VEZ EL SEÑOR JUAN CIPRIANO CARI LÓPEZ TRAIA CONSIGO JOYAS ESCONDIDAS DENTRO PANTALÓN A LA ALTURA DE LA CINTURA Y LOS TALONES, MISMOS QUE CONTENÍAN JOYAS DE ORO EN BOLSAS PEQUEÑAS EN GRAN CANTIDAD…” (sic [fs. 22 a 23]).
II.2. Cursa Resolución Sancionatoria en Contrabando Contravencional VIRZA-RC-0204/2019 de 6 de septiembre, que resolvió declarar probada la comisión de la contravención tributaria de contrabando, establecida en la mencionada Acta de Intervención, girada contra Juan Cipriano Cari López -accionante-, por haber adecuado su accionar a lo previsto a los arts. 160.4 y 181 inc. b) del CTB (fs. 26 a 36).
II.3. Por memorial presentado el 23 de septiembre de 2019, a la ARIT Santa Cruz, los peticionantes de tutela interpusieron recurso de alzada, contra la referida Resolución Sancionatoria; que mereció la Resolución de Recurso de Alzada ARIT-SCZ/RA 0681/2019 de 20 de diciembre, determinando confirmar la indicada decisión (fs. 111 a 116 vta. y 142 a 156).
II.4. A través de escrito presentado el 27 de enero de 2020, a la mencionada entidad tributaria, los impetrantes de tutela formularon recurso jerárquico contra la Resolución de Alzada ARIT-SCZ/RA 0681/2019; a lo que, el Director Ejecutivo demandado, emitió la Resolución de Recurso Jerárquico AGIT-RJ 0908/2020 de 27 de julio, confirmando la señalada determinación (fs. 157 a 174 y 185 a 193 vta.).