SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0717/2021-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0717/2021-S2

Fecha: 27-Oct-2021

II. CONCLUSIONES

De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:

II.1. Dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público contra Ismael Marquina -ahora accionante-, por la presunta comisión de los delitos de tráfico ilícito de armas y fabricación, comercio o tenencia de sustancias explosivas, asfixiantes; previstos y sancionados por los arts. 141 Quater y 211 del CP, el 23 de junio de 2020, se celebró la audiencia de cesación de la detención preventiva del prenombrado, en la que el Juez de Instrucción Penal y contra la Violencia hacia la Mujer Primero -EPI NORTE- de la Capital del departamento de Cochabamba, emitió Auto Interlocutorio aceptando la solicitud del peticionante de tutela, disponiendo medidas sustitutivas, entre ellas, la detención domiciliaria (fs. 48 a 49).

II.2. Por memorial presentado el 13 de octubre de 2020, el Fiscal de Materia, demandado, formuló imputación formal contra Ismael Marquina -peticionante de tutela- ante el Juez Público Mixto Civil y Comercial, de Familia, de la Niñez y Adolescencia e Instrucción Penal Primero de Chimoré del citado departamento -hoy demandado-, por la presunta comisión del delito de evasión, previsto y sancionado en el art. 180 del CP (fs. 42 a 44 vta.).

II.3. En la audiencia de consideración y aplicación de medidas cautelares celebrada la supra citada fecha, la referida autoridad judicial dictó Auto Interlocutorio, disponiendo la detención preventiva del impetrante de tutela en el Centro Penitenciario Sacaba de Cochabamba y ordenó se expida el correspondiente mandamiento y se ponga a conocimiento del Juez de Ejecución Penal de turno, para fines consiguientes; aclarando que, dicha determinación no afectaba la resolución que se haya dictado o se emitirá dentro del proceso penal que se le sigue en la Capital del referido departamento, al tratarse de dos causas y delitos distintos que no irán al fondo de ninguno de ellos (fs. 51 a 54).

II.4. En virtud al fallo dictado supra, el Juez demandado expidió mandamiento de detención preventiva contra el accionante, por la presunta comisión del delito de evasión (fs. 55 vta.).