SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0734/2021-S4
Fecha: 18-Oct-2021
II. CONCLUSIONES
De la revisión y análisis de los antecedentes que cursan en obrados, se tiene lo siguiente:
II.1. A través de la Resolución 570/2019 de 22 de agosto, el Juez de Instrucción Anticorrupción y Contra la Violencia Hacia la Mujer Primero de El Alto del departamento de La Paz, rechazó la solicitud de cesación a la detención preventiva impetrada por Willy Mamani Casa ‒hoy accionante‒, circunstancia que motivó la apelación incidental oral por la defensa del imputado (fs. 45 a 46 vta.).
II.2. Mediante Decreto de 28 de agosto de 2019, emitido por Margot Pérez Montaño, Presidente de la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, señaló audiencia para considerar la apelación incidental de medida cautelar interpuesta contra la Resolución 570/2019, para el miércoles 4 de septiembre del mismo año, a las 15:00; actuación judicial que fue puesta en conocimiento de las partes; así como, al Director del Centro Penitenciario San Pedro de La Paz (fs. 52).
II.3. Las actas de audiencia de fundamentación de apelación incidental de medida cautelar de 4 de septiembre de 2019, realizada en la Sala Penal Tercera antes referida, registran la ausencia del Ministerio Público y el imputado, la presencia de la parte querellante y la abogada defensora, quien a decir del Tribunal de alzada no contaba con la representación correspondiente y la inasistencia no había sido debidamente justificada, procediendo a emitir resolución (fs. 55 a 56).
II.4. El Auto de Vista 454/2019 de 4 de septiembre, la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, resolvió la apelación incidental interpuesta por la parte imputada ‒ahora solicitante de tutela‒, contra la Resolución 570/2019, confirmando la resolución impugnada y manteniendo vigente la detención preventiva del imputado (fs. 57 a 58 vta.).