SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0735/2021-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0735/2021-S4

Fecha: 18-Oct-2021

II. CONCLUSIONES

De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:

II.1. A través de Certificado Médico de 8 de agosto de 2019, José Ochoa Colque, Médico Cardiólogo de la CNS, evidenció la presencia de hipertrofia ventricular izquierda de grado moderado, hipertensión pulmonar de grado leve, insuficiencia tricúspide de grado leve, disfunción diastólica de ventrículo izquierdo, fracción de eyección normal y función ventricular derecha conservada en el paciente Gilberto Montero Ramos –ahora solicitante de tutela–, recomendando con base en las características progresivas de las patologías indicadas, iniciar trámite de jubilación y traslado a clima de menor altitud (fs. 15).

II.2. Consta acta de audiencia pública de consideración de modificación a medida cautelar de 5 de marzo de 2020, celebrada ante el Tribunal de Sentencia Penal Segundo del departamento de Potosí, en la que se dictó el Auto Interlocutorio de la misma fecha; por medio del cual, se rechazó la solicitud de modificación de la anotada medida cautelar formulada por Gilberto Montero Ramos; verificativo en el que, de manera verbal la defensa del sindicado planteó recurso de apelación contra el fallo aludido (fs. 118 a 121; y, fs. 121 a 124).

II.3. Cursa Acta de Audiencia Pública de Consideración y Resolución de Apelación Incidental de Medida Cautelar de 14 de mayo de 2020; así como, Auto de Vista de la misma fecha, emitido por Jaime Vladimir Jiménez Vidaurre, Vocal de la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí –hoy demandado–, mediante el que se resolvió la apelación incidental descrita en la Conclusión precedente, determinando declarar improcedente el recurso planteado y manteniendo firme el fallo impugnado (fs. 92 a 94 vta.; y, fs. 94 vta. a 97).