SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0763/2021-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0763/2021-S3

Fecha: 15-Oct-2021

II. CONCLUSIONES

De la revisión de los antecedentes que cursan en el expediente, se establece lo siguiente:

II.1. Cursa Memorándum SDPEP/RR.HH. 064/2019 de 7 de enero; mediante el cual, el Secretario Departamental de Desarrollo Productivo y Economía Plural del Gobierno Autónomo Departamental de Beni, designó a Alan Melanio Justiniano Gil -ahora peticionante de tutela-, en el cargo de Responsable de Proyectos III, con el nivel salarial 7 de la Planilla
de Inversión (fs. 4).

II.2. Por Memorándum SDPEP/RR.HH. 014/2020 de 2 de enero, el Secretario Departamental de Desarrollo Productivo y Economía Plural del Gobierno Autónomo Departamental de Beni, comunicó al accionante que desde
esa fecha hasta el “19 de agosto” fue designado en el cargo de Responsable de Proyectos III, bajo dependencia de la Dirección de Desarrollo Ganadero y Pecuario de la Secretaría Departamental de Desarrollo Productivo y Economía Plural, con el nivel salarial 7 de la Planilla de Inversión (fs. 5).

II.3. Conforme el Certificado de Nacimiento de 16 de noviembre de 2020, se evidencia que el hijo del impetrante de tutela nació el 19 de agosto
de 2019 (fs. 3).

II.4. A través de la nota recibida el 1 de octubre de 2020, el peticionante de tutela solicitó al Secretario Departamental de Desarrollo Productivo
y Economía Plural del Gobierno Autónomo Departamental de Beni, la cancelación de asignaciones familiares por su hijo menor, quien el
19 de agosto de 2020 habría cumplido un año de edad y a la “fecha” se le adeudaría la lactancia desde septiembre de 2019 a agosto de 2020, siendo un total de doce asignaciones; por lo que, corresponde que se realice la cancelación total de la compensación del subsidio “…en especie en dinero…” (sic) con carácter retroactivo, ya que el empleador
no cumplió con la cancelación de dichas asignaciones de manera oportuna (fs. 6).