SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0808/2021-S3
Fecha: 20-Oct-2021
POR TANTO
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Tercera; en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión, resuelve: CONFIRMAR la Resolución 07 de 5 de noviembre de 2020, cursante de fs. 23 a 25, pronunciada por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz; y en consecuencia:
1° DENEGAR la tutela impetrada, de acuerdo a los fundamentos jurídicos del presente fallo constitucional.
2° Llamar la atención a Edil Robles Lijeron y a Arminda Mendez Terrazas, Vocales de la Sala Penal Primera y Segunda, respectivamente, del Tribunal Departamental de Justcia de Santa Cruz por su negligente actuación como Tribunal de garantías, conforme a los razonamientos expresados en la parte final del Fundamento Jurídico III.3. de esta Sentencia Constitucional Plurinacional.
Regístrese, notifíquese y publíquese en la Gaceta Constitucional Plurinacional.
Fdo. Dr. Petronilo Flores Condori
MAGISTRADO
Fdo. MSc. Karem Lorena Gallardo Sejas
MAGISTRADA