AUTO CONSTITUCIONAL 0441/2021-CA
Fecha: 30-Nov-2021
Encabezado
AUTO CONSTITUCIONAL 0441/2021-CA
Sucre, 30 de noviembre de 2021
Expediente: 43182-2021-87-AIC
Acción de inconstitucionalidad concreta
Departamento: Cochabamba
En consulta la Resolución de 27 de octubre de 2021, cursante a fs. 198 y vta., pronunciada por el Juez Público Civil y de Familia Primero de la Estación Policial Integral del Sur (EPI SUR) del departamento de Cochabamba; por la que, RECHAZÓ la solicitud de promover la acción de inconstitucionalidad concreta interpuesta por Juan Carlos Soria Loza, demandando la inconstitucionalidad de la frase “…no será susceptible de impugnación…” contenida en el art. 277 del Código de las Familias y del Proceso Familiar (CFPF) -Ley 603 de 19 noviembre de 2014-, por presuntamente infringir lo previsto por los arts. 180.II de la Constitución Política del Estado (CPE); y, 8.2 inc. h) de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (CADH).