Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
El suscrito Magistrado, expresa su voto aclaratorio sobre los fundamentos utilizados en la Sentencia Constitucional Plurinacional
Fecha: 03-Nov-2021
III. CONCLUSIÓN
En consecuencia, el suscrito Magistrado con las aclaraciones que preceden, suscribe al amparo del art. 10.III del CPCo que señala que:
“Las Magistradas y los Magistrados podrán formular voto disidente o en su caso aclaración de voto debidamente fundamentado cuando sus criterios jurídicos no sean coincidentes con los de la mayoría” (las negrillas nos corresponden), emite el presente Voto Aclaratorio.
Regístrese, notifíquese y publíquese en la Gaceta Constitucional Plurinacional.
Fdo. Dr. Petronilo Flores Condori
MAGISTRADO