ENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0742/2021-S2
Fecha: 03-Nov-2021
II. CONCLUSIONES
De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:
II.1. Dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público, a instancias de María Mamani Blanco y otros, contra Carlos Ventura Aliaga -hoy accionante-, por la presunta comisión de los delitos de violencia familiar o doméstica, homicidio en grado de tentativa y tenencia y porte o portación ilícita de arma, el Juez Público Mixto Civil y Comercial de Familia, de la Niñez y Adolescencia e Instrucción Penal Primero de Palos Blancos del departamento de La Paz, mediante el Auto Interlocutorio 33/2020 de 5 de mayo, dispuso su detención preventiva por cinco meses, como medida cautelar de carácter personal, señalando audiencia para la consideración jurídico procesal del imputado para el 5 de octubre de igual año (fs. 7 a 9 vta.).
II.2. Al no haberse realizado la audiencia de consideración de situación jurídica el 5 de octubre de 2020, en la misma fecha el demandante de tutela solicitó señalamiento de dicho actuado procesal, sin que hasta la data de interposición de la presente acción tutelar, se hubiere fijado la audiencia pública peticionada (fs. 10 y vta.).