SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0763/2021-S4
Fecha: 01-Nov-2021
II. CONCLUSIONES
de la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:
II.1. Johnny Armando Argandoña Florian –autoridad ahora demandada–, Director del SEDEDE mediante Memorándum 128/20 de 25 de mayo de 2020, designo a Kristy Raslan Román al cargo de Jefa de la Unidad Jurídica del SEDEDE (fs. 4).
II.2. Mediante Nota de Comunicación Interna SEDEDE 258/20 de 6 de julio de 2020, la ahora accionante comunicó a Johnny Armando Argandoña Florian –ahora demandado–, Director del SEDEDE de la señalada entidad departamental su estado de gestación, adjuntando Certificado Médico que acreditaba aquello (fs. 5 a 9).
II.3. La autoridad ahora demandada, por Memorándum DIR. SEDEDE 002/2020 de 16 de septiembre, comunicó a la hoy accionante que se vió por conveniente rotar a su persona para que ocupe el cargo de Asesora Jurídica de la Secretaría Departamental de Planificación y Desarrollo Económico DEL referido ente departamental, manteniendo su nivel salarial (fs. 17).
II.4. Rubén Darío Justiniano Mejía, Director del SEDEDE del Gobierno Autónomo Departamental del Beni mediante Memorándum DIR. SEDEDE N° 288/2020 de 30 de septiembre, agradeció los servicios de la ahora accionante desvinculándola del cargo, sin desconocer los derechos fundamentales del ser gestante; razón por la cual, velando el interés superior del niño dejó establecido que se continuará con la prestación de subsidios del ser en gestación hasta que el mismo cumpla un año de edad, la atención obstétrica a la impetrante de tutela durante el embarazo, el parto y el puerperio, así como el pago de la lactancia hasta que el recién nacido cumpla un año de edad (fs. 12),
II.5. La accionante mediante nota recibida el 5 de octubre de 2020, denunció ante el Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social, la desvinculación laboral hecha a su persona pese a que la misma gozaría de inamovilidad laboral debido a su estado de gestación (fs. 58).
II.6. La solicitante de tutela mediante nota de 9 de octubre de 2020, reclamó a Walter Zapata Añez, Directo de Bienestar Laboral y Prevensión Social del Beni, la desvinculación laboral realizada con su persona, desconociendo que ella gozaba de inamovilidad laboral por estar en estado de gestación (fs. 11).