SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0782/2021-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0782/2021-S4

Fecha: 01-Nov-2021

II. CONCLUSIONES

De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:

II.1. Mediante memorial presentando el 5 de octubre de 2020, ante la Jueza de Instrucción Penal Tercera de Quillacollo del departamento de Cochabamba –hoy demandada–, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público, por la presunta comisión de los delitos de uso indebido de influencias y concusión, contra Jhon Henry Crespo Choque –ahora accionante– y otros; el nombrado denunció retardación de justicia, solicitó conminatoria y resolución de incidentes pendientes; requiriendo la conminatoria al Fiscal Departamental de Cochabamba, para que en el término no mayor a cinco días hábiles emita requerimiento conclusivo en dicho proceso, bajo alternativa de declararse la extinción de la acción penal; y, que en su defecto, ante el incumplimiento del Instructivo 08/2020 y al amparo del art. 21.6 de la Constitución Política del Estado (CPE), dicha autoridad, determine de forma expresa, la suspensión de plazos, la reanudación, el tiempo transcurrido desde la última notificación con la imputación y la fecha en la cual se cumplen los seis meses de la investigación, bajo alternativa de dar por ineficaz el control jurisdiccional (fs. 18 a 20).

II.2. Por decreto de 6 de octubre de 2020, la Secretaria del Juzgado de Instrucción Penal Tercera de Quillacollo del citado departamento, en respuesta al memorial antecedido, providenció “A LO PRINCIPAL Y OTROSIES.- Se remita a los datos del proceso con referencia a los plazos procesales.- Con referencia a los incidentes pendientes, se resolverán los mismos, tomando en cuenta la carga procesal que tiene este Despacho Judicial. Notifíquese a través de la OGP” (sic) (fs. 20).