SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0804/2021-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0804/2021-S2

Fecha: 12-Nov-2021

II. CONCLUSIONES

De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:

II.1. Por Resolución de desestimación de denuncia de 4 de noviembre de 2019, Magali Leonor Quevedo Rojas, Fiscal de Materia, rechazó la querella presentada por Carlos Rodrigo Borda Claure; en ese orden, textualmente dispuso: “Se advierte al denunciante que tiene expedita el recurso de objeción ante el Superior Jerárquico, conforme lo prevé la SSCC 092/2014 de fecha 27 de octubre de 2014” (sic [fs. 2 a 9]).

II.2. En mérito a lo citado, el querellante presentó memorial de 5 de noviembre de 2020, bajo la suma de “SUBSANA QUERELLA Y SOLICITA ADMISIÓN” (sic) solicitando que al amparo del art. 55. II de la LOMP, se den por subsanados los supuestos defectos y se admita la querella para la investigación de los ilícitos denunciados (fs. 46 a 49 vta.).

II.3. Carla Patricia Oller Molina, entonces Fiscal Departamental de Tarija, a través de Resolución Jerárquica RJ/CPOM/281-2020 de 20 de noviembre, declaró impertinente el memorial de subsanación de querella presentado contra la Resolución de desestimación de denuncia de 4 del mismo mes de 2019; en consecuencia, dispuso el archivo de obrados ante el vencimiento del plazo de cinco días para la interposición del recurso de objeción correspondiente (fs. 10 a 12).