SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0826/2021-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0826/2021-S3

Fecha: 03-Nov-2021

POR TANTO

El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Tercera; en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión, resuelve: REVOCAR en parte la Resolución de 15 de diciembre de 2020, cursante de fs. 324 a 326, pronunciada por el Juez Público Civil y Comercial Primero de Yacuiba del departamento de Tarija; y, en consecuencia:

1 CONCEDER la tutela solicitada con relación al derecho al debido proceso en sus elementos de fundamentación y motivación; y,

a) Dejar sin efecto el Auto de Vista 41/2019 de 25 de octubre, únicamente respecto al análisis realizado en relación a la suspensión de la audiencia de 11 de julio de 2019.

b) Disponer que las Vocales de la Sala Mixta Civil, Comercial, de Familia, Niñez y Adolescencia y Violencia Intrafamiliar o Doméstica Pública Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija emitan un nuevo Auto de Vista conforme a los Fundamentos Jurídicos expuestos en la presente Sentencia Constitucional Plurinacional.

2 DENEGAR la tutela solicitada respecto a la interpretación de la legalidad ordinaria, y a los derechos de acceso a la justicia y al debido proceso en sus elementos de fundamentación y motivación con referencia a cuando se realizó el juicio oral.

Regístrese, notifíquese y publíquese en la Gaceta Constitucional Plurinacional.

Fdo. Dr. Petronilo Flores Condori

MAGISTRADO

Fdo. MSc. Karem Lorena Gallardo Sejas

MAGISTRADA