SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0867/2021-s3
Fecha: 08-Nov-2021
II. CONCLUSIONES
De la revisión y compulsa de los antecedentes, que cursan en el expediente, se establece lo siguiente:
II.1. Se tiene memorial de 29 de junio de 2020, mediante el cual Agustín Cesar Pacheco Zalles -hoy peticionante de tutela-, solicitó al Juez de Instrucción Penal Quinto de la Capital del departamento de La Paz “…CERTIFICACIÓN PARA TRÁMITE DE AMNISTÍA CASO CON DETENCIÓN PREVENTIVA…” (sic), pidiendo se establezca que no cuenta con sentencia condenatoria ejecutoriada, indicando el delito con la pena más grave por el que está siendo procesado, además acreditando que cuenta con detención preventiva (fs. 2 y vta.).
II.2. Cursa memorial de 5 de noviembre de 2020, mediante el cual el ahora accionante, reiteró al Juez de Instrucción Penal Quinto de la Capital del departamento de La Paz, certificación respecto a los siguientes puntos: “4. SI MI PERSONA CUENTA CON DETENCIÓN PREVENTIVA O DOMICILIARIA.
5. QUE MI PERSONA DENTRO DEL PRESENTE PROCESO NO CONTARÍA CON SENTENCIA CONDENATORIA. 6. INFORME EL DELITO CON PENA MÁS GRAVE CON EL QUE ESTOY SIENDO PROCESADA” (sic [fs. 3]).