SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0869/2021-S3
Fecha: 08-Nov-2021
II. CONCLUSIÓN
De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en el expediente, se establece lo siguiente:
II.1. No cursa documentación alguna referida a las actuaciones que motivaron la presente acción de libertad; sin embargo, conforme se tiene extractado en el punto I.2.4 de esta Sentencia Constitucional Plurinacional, la Jueza de garantías, tuvo acceso a los antecedentes del proceso penal seguido contra Alvaro Flores Enríquez -impetrante de tutela-, habiendo emitido su fallo en consideración de los mismos, ya que de manera expresa dicha autoridad manifestó que “…de la revisión minuciosa del acta de aplicación de procedimiento abreviado, de fecha 14 de noviembre del 2020 (…) asimismo se tiene el acta de declaración informativa, prestada ante la fiscalía de fecha 13 de noviembre de 2020…” (sic); por lo que, en función a ello y lo expresado por ambas partes procesales en esta acción de defensa, se resolverá la problemática planteada.