SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0871/2021-s3
Fecha: 08-Nov-2021
II. CONCLUSIONES
De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en el expediente, se establece lo siguiente:
II.1. Se tiene Certificado Médico Legal-Forense de 19 de mayo de 2020, expedido por Cinthya Sabina Condori Quispe, Médico Forense del IDIF del departamento
de Oruro, correspondiente al reconocimiento médico forense practicado en el cuerpo de la menor de quince años de edad y la toma de muestras biológicas necesarias e imprescindibles, estableciendo que la prenombrada presenta membrada himeneal con desgarros antiguos a horas 7 de la esfera horaria y que para establecer con certeza si existió contacto o coito vaginal será a partir de los resultados de laboratorio, efectuados con los hisopos obtenidos en el examen médico forense; asimismo, recomendó valoración por ginecología debido a las lesiones vesiculares en región labios mayores y “perigenital”, tiene una incapacidad médico legal de dos días (fs. 14 a 15).
II.2. Cursa acta de 20 de mayo de 2020, de toma de muestras y o evidencias del cuerpo de Edgar Aguirre Aguirre -hoy accionante-, efectuada por Wilma Petrona Gabriel Ramos, Médico Forense del IDIF del departamento de Oruro, consistentes en sangre obtenida por punción capilar, Hisopos balanoprepuciales (3), y ropa interior (bóxer) de color plomo azulado con letra “MEN” (fs. 16).
II.3. Consta la Resolución 346/2020 de 12 de noviembre, mediante el cual, la Jueza de Instrucción Penal Séptima de la Capital del departamento de Oruro, rechazó la solicitud de cesación de la detención preventiva presentada por Edgar Aguirre Aguirre -ahora impetrante de tutela- (fs. 19 a 21 vta.).