SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0885/2021-S4
Fecha: 25-Nov-2021
II. CONCLUSIONES
De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:
II.1. Cursa Informe médico de 19 de noviembre de 2020; por el cual, Miguel Zambrana Medina, Médico de Régimen Penitenciario Bloque “C” área de aislamiento y Sildia Condori Tiquisara, Médico de Régimen Penitenciario “El Abra”, certificaron que Elmer Zubieta Aguila –ahora accionante–, presenta diagnóstico de COVID-19, fase convaleciente o fase final de la enfermedad, con observación cardiopulmonar clínicamente normal, recomendándose medidas higiénicas, azitromicina, antigripal y control en la sanidad de manera continua (fs. 9).
II.2. Mediante Informe psicológico –sin fecha– Enid Guerra Carvajal, Psicóloga de la Dirección Departamental de Régimen Penitenciario del departamento de Cochabamba, en abordaje psicológico a Elmer Zubieta Aguila, concluyó que el mismo presenta inestabilidad emocional, ansiedad, impulsividad y retraimiento social, demostrando señales de angustia, preocupación y dificultad de adaptarse a su medio, trabajando aunque no con ritmo normal; advirtiéndose que se inicia con el acompañamiento profesional dos veces al mes dentro del centro penitenciario (fs. 19 a 21).
II.3. A través de tratamiento especializado urgente de 26 de noviembre de 2020, emitido por Mario Alberto Acevedo, Médico del Centro Penitenciario “El Abra”; por el cual, señalando que, el tratamiento con antibióticos, antipiréticos, antiinflamatorios y analgésicos no dieron resultado a la afección que presenta en impetrante de tutela, recomendó salida de emergencia al Hospital México de Sacaba, con el objeto de descartar sospecha de Covid-19 (fs. 22).
II.4. Cursa solicitud de tratamiento especializado de 30 de noviembre de 2020, emitido por Mario Alberto Acevedo, Médico del Recinto Penitenciario “El Abra”, ya que señala no haberse detectado COVID-19 en el examen clínico practicado al accionante, y que aun presentando una neumonía atípica que está siendo tratada, recomendó que en caso de no mejorar si situación se le otorgue salida médica para realizar laboratorios de hemograma completo y Rayos X (fs. 33 a 34).
II.5. Mediante solicitud de tratamiento especializado de 9 de diciembre de 2020, Mario Alberto Acevedo, Médico del Centro Penitenciario “El Abra”; señaló que, al haberse diagnosticado al impetrante de tutela con neumonía, presentaba infiltrado en base pulmonar y que por estudio de Rayos X, se evidencia que el mismo se encuentra relativamente estable, requiriendo estudios para ver su evolución (fs. 36).
II.6. Por informe de 9 de diciembre de 2020, emitido por Edgar Pozo Revollo, funcionario policial del Centro Penitenciario del “El Abra”, dirigido al Director del referido Centro Penitenciario; por el cual, dio a conocer que el mismo día, el ahora accionante fue conducido al Hospital Salomón Klein, en cumplimiento de la orden de salida médica emitida por el Secretario del Tribunal de Sentencia Penal Primero de Sacaba del referido departamento; señalando además que, en el referido centro médico no se pudieron realizar los exámenes de laboratorio por no contar con la maquinaria en el mismo, retornando al Recinto Penitenciario (fs. 37).