SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0911/2021-S3
Fecha: 10-Nov-2021
II. CONCLUSIONES
De la revisión de los antecedentes que cursan en el expediente, se establece lo siguiente:
II.1. Cursa documento privado de préstamo de dinero y certificación de firmas y rúbricas de 23 de octubre de 2020, suscrito entre Anoop Roopani -hoy peticionante de tutela- y Bernabé Fernández Calle -ahora coaccionado-, por la suma de “…$us. 46.000.- (cuarenta y seis mil 00/100 dólares americanos), en cuya cláusula cuarta, refiere que el deudor garantiza el cumplimiento del contrato con todos sus bienes muebles e inmuebles, además con la mercadería contenida en dos “…conteiners de cigarros establecidos en un solo delet Nro. MSCUPC559569” (sic [fs. 4 a 5 vta.).
II.2. Consta copia de denuncia penal formulada dentro del “CUD 201102012005352” por el ciudadano Gerson Edmir Mamani Villca contra el hoy accionante, por la presunta comisión del delito de estafa, señalando lo siguiente: “En el mes de noviembre de 2017 el Sr. ANOOP ROOPANI de NACIONALIDAD INDU me ofreció en venta un contenedor que contenía cigarrillos y toda vez que él tenía su oficia importadora en la inmediaciones de la Aduana Regional de El Alto por lo que EN FECHA 28/11/2017 ENTREGUE LA SUMA DE SUS 50.000.- (…) POR CONCEPTO DE RESERVA DE CONTENEDOR (…) Ya han pasado tres años sin que me entregue el contenedor, su oficina de El Alto fue cerrada y él desapareció; hasta que el día de ayer martes 17 de los corrientes me anoticié que este individuo había sido aprehendido por la Policía Boliviana, a denuncia de otra víctima de la actividad delictiva de este individuo” (fs. 14).
II.3. Por decreto de 17 de noviembre de 2020, Agustín Coronado Mamani, Fiscal de Materia del departamento de La Paz -hoy accionado-, señaló que: “En atención al informe de la Acción directa de fecha 17 de noviembre de 2020 se tiene que a horas 13:05 aprox. Cuando realizaban su servicio correspondiente del prime turno por la av. Camacho y Calle Bueno en el lugar tomo contacto con el sr. Bernabe Fernandez Calle de 52 años el mismo denuncia que habría sufrido una estafa en fecha 08 de noviembre de 2020 haciendo la entrega la suma de dinero de 72.000 Dólares Americanos por concepto de mercadería protagonizado po y dinero y habría e recibido este ciudadano , el mismo se negó a dar sus generalidades de ley el mismo refiere ser extranjero INDU por tal motivo se los condujo a oficinas de la FELCC, asimismo se hace conocer que parte del dienro se habría entregado aen la ciudad de La Paz en la Calle Mercado y Loayza en el interior del Edf. America Piso 5 Of. 501 la suma de 24.000 dolares americanos por compra de containers de cigarrillos y que no le fue entregado y no existe, el sindicado a la fecha fue identificado como ANOOP ROOPANI de nacionalidad Indu” (sic); en virtud a dicho informe, la autoridad fiscal dispuso la apertura del caso y la realización de actos investigativos a raíz de la denuncia formulada por Bernabé Fernández Calle -hoy coaccionado-, por el delito de estafa con agravación en caso de víctimas múltiples, ordenando la citación del sindicado para brindar su declaración informativa, determinando sobre su situación jurídica que “…el mismo se encuentra en calidad de arrestado los mismos deberán permanecer en celdas hasta cumplir las 8 horas debiendo previamente la presentación de 2 garantes personales solventes y la verificación domiciliaria correspondiente” (sic); así también, se tiene la respectiva citación emitida en la misma fecha, mediante la cual el referido Fiscal de Materia, dentro la denuncia del ciudadano ahora coaccionado, por el delito de estafa, ordenó al hoy impetrante de tutela presentarse el 18 de noviembre de 2020 a horas 10:00 a oficinas de la Fiscalía Especializada en delitos patrimoniales, a objeto de prestar su declaración informativa en calidad de denunciado, acompañado de su abogado defensor, citación que fue practicada de manera personal al sindicado, quien firmó en conformidad (fs. 2).
II.4. Se tiene impresión del Portafolio Digital del Caso 201102012005352, en cuya descripción señala denuncia por el delito de estafa en acción directa, denunciante Bernabé Fernández Calle, hecho suscitado el 17 de noviembre de 2020 a horas 13:05; en la sección actividades, consta que el 18 del citado mes y año a horas 09:00 se presentó el informe de inicio de investigaciones al Juez de Instrucción Penal Tercero -se entiende la Capital del departamento de La Paz- (fs. 15).