SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0941/2021-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0941/2021-S3

Fecha: 18-Nov-2021

II. CONCLUSIONES

De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en el expediente, se establece lo siguiente:

II.1. Consta Contrato de obras de 18 de mayo de 2016, de construcción camino asfaltado comunidad Chahuira Pampa, suscrito por Aleida Ivette Ortega Siles, representante legal de la Asociación Accidental “INTECONS & ASOCIADOS” -ahora peticionante de tutela- y el GAM de Achacachi del departamento de La Paz -hoy accionado- (fs. 5 a 27).

II.2. Cursan actas respecto a la construcción camino asfaltado comunidad Chahuira Pampa: 1) De recepción provisional de obra GAMA ULC-044/2016 de 24 de noviembre de 2017, suscrita por el Fiscal y Supervisor de Obras de la entidad municipal accionada, y las autoridades de la comunidad Chahuira Pampa; 2) De recepción definitiva de obra GAMA ULC-044/2016 de 19 de enero de 2018, suscrita por el Fiscal y Supervisor de Obras de la referida entidad edil y la accionante; y, 3) De conformidad de 19 de enero de 2018, suscrita por las autoridades de la indicada comunidad (fs. 30 a 32).

II.3. Mediante nota CITE: INTE-ACHA-002/2018 de 14 de marzo, dirigida ante el entonces Alcalde del GAM de Achacachi del departamento de La Paz, por el cual la impetrante de tutela presenta Planilla de cierre respecto a la construcción camino asfaltado comunidad Chahuira Pampa, que contiene los Planos Asbuilt, cómputos métricos, libro de órdenes original, resumen de fotografías y los ensayos correspondientes para su verificación y pago
(fs. 33).

II.4. Por nota CITE: INTE-ACHA-003/2019 de 1 de agosto, dirigida ante el entonces Concejo Municipal de GAM de Achacachi del departamento de La Paz, mediante el cual la parte peticionante de tutela pone en consideración el pago retrasado de la Planilla de Cierre del Proyecto de construcción camino asfaltado comunidad Chahuira Pampa, manifestando que el 29 de marzo de 2018 mediante nota CITE: INTE-ACHA-028/2018, se presentó planilla de cierre del referido proyecto y que la misma fue revisada por los anteriores funcionarios de la Unidad Técnica del referido GAM, adjuntando copias de las actas firmadas, pero por los problemas que tuvo el Alcalde anterior no se dio continuidad a dicha planilla, solicitando que se haga conocer el impago a la empresa por el monto económico de Bs1 632 433,28.- (fs. 34).

II.5. Se tiene nota CITE: INTE-ACHA-0021/2019 de 3 de diciembre, dirigida ante la autoridad accionada, mediante el cual se informa que habiéndose concluido el plazo estipulado, conforme a los términos del contrato, el 19 de enero de 2018, se realizó la recepción definitiva de obra en presencia del Fiscal y Supervisor de obras, y también Acta de conformidad firmadas por las autoridades de la comunidad de Chahuira Pampa y otros; por lo que, se cumplió a cabalidad con los términos del contrato; sin embargo, no se les canceló la planilla de cierre; no obstante, las notas presentadas el 14 de marzo de 2018 y 1 de agosto de 2019, las cuales no fueron atendidas, solicitando una vez más la cancelación de la planilla de cierre del indicado proyecto (fs. 35 a 36).