SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0947/2021-S4
Fecha: 29-Nov-2021
II. CONCLUSIÓN
De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:
II.1. Mediante informe emitido por Gualberto Rueda Flores, Juez de Ejecución Penal Segundo del Departamento de Santa Cruz, se establece lo siguiente: i) El impetrante de tutela fue condenado a tres años y cuatro meses de reclusión, más el pago de multas y costas de Bs4 500.- (cuatro mil quinientos bolivianos) por el delito de tráfico ilícito de armas en grado de complicidad, a través de sentencia dictada por el Tribunal de Sentencia Penal Cuarto del Departamento de Santa Cruz, mediante un procedimiento abreviado, la cual no fue recurrida de apelación restringida, y la condena se cumplirá hasta el 4 de enero de 2021; y, ii) Mediante providencia de 7 de febrero de 2020 se admitió el incidente de libertad condicional planteado por el accionante, disponiendo que el Director del Centro Penitenciario Santa Cruz “Palmasola”, remita la carpeta de libertad condicional elaborada y aprobada por el Consejo Penitenciario compuesto por profesionales y delegados de los propios internos, que debió realizarse en un plazo de diez días de acuerdo a lo dispuesto en el art. 174 de la Ley 2298 con relación al art. 433 del CPP (fs. 8 y vta.).