SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0992/2021-S4
Fecha: 06-Dic-2021
II. CONCLUSIONES
Realizada la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:
II.1. Mediante memorial presentado el 23 de diciembre de 2020, ante el Juez de Instrucción Penal Primero del departamento de Pando, el ahora accionante solicitó señalamiento de día y hora de audiencia de cesación a la detención preventiva; que fue atendido por providencia de 28 del mismo mes y año, indicando que sea remitido al Juzgado de Sentencia Penal donde se encuentra radicado el proceso, toda vez que ya existe acusación formal (fs. 7).
II.2. Por Nota Oficio JCP 1 214/2020 de 24 de diciembre, dirigida al Juez de Sentencia Penal del departamento de Pando, el Juez ahora demandado, “En cumplimiento al decreto de fecha 15/12/2020” (sic), remitió el cuaderno procesal atinente a la causa penal que se le sigue al accionante por la presunta comisión del delito de tráfico de sustancias controladas; tomando en cuenta que ya cuenta con Resolución de Acusación Formal; constando su recepción en dicho juzgado, el mismo día (fs. 8).