SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0994/2021-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0994/2021-S4

Fecha: 06-Dic-2021

II. CONCLUSIONES

De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:

II.1. Mediante Auto 21/2020 de 29 diciembre, emitido por la Jueza de Ejecución Penal Tercera del departamento de Cochabamba –ahora demandada–; declaró no ha lugar la homologación de la Resolución 0029/2020 pronunciado por la Dirección Departamental del Régimen Penitenciario con visto bueno de la Dirección Nacional de Régimen Penitenciario; por la cual, concedió el indulto a favor de Serafín López Hervas –hoy accionante–; además estableció que, en función a la SCP 0241/2015-S2, dicho Auto, es apelable en el plazo de tres días desde su notificación conforme al art. 404 del Código Procedimiento Penal (CPP). Esta determinación, fue puesta en conocimiento de forma personal al impetrante de tutela el 31 de igual mes y año (fs. 26 a 27; y, 29).

II.2. Por memorial de 31 de diciembre de 2020, el ahora accionante, solicitó a la Jueza demandada, la remisión del cuaderno procesal a una Sala Penal de turno del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, con la finalidad de plantear la apelación correspondiente (fs. 32).

II.3.  Mediante proveído de 4 de enero de 2021, la Secretaría del Juzgado de Ejecución Penal Tercera del mismo departamento, en mérito al Instructivo 11/2020 emitido por el Presidente del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, que dispuso la vacación judicial de dicho Juzgado del 5 al 15 de enero de “2020” –siendo lo correcto 2021–; se remitió el legajo al Juzgado de su similar Primero, por ser el siguiente en número; por lo que, el impetrante de tutela, debía de presentar la referida pretensión a dicho Juzgado (fs. 33).