SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1007/2021-S4
Fecha: 06-Dic-2021
II. CONCLUSIÓN
De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:
II.1. Cursa Acta de audiencia de consideración de la situación jurídica procesal de Rolando Javier Huañuyco Cosme –ahora accionante–, efectuada el 16 de diciembre de 2020, en la cual se emitió el Auto Interlocutorio 98/2020, determinación contra la que, el nombrado interpuso recurso de apelación del art. 251 del CPP; sin embargo, la autoridad ahora demandada solicitó de cumplimiento a lo previsto en el art. 404 del citado Código, indicando que en caso de no hacerlo “se va a remitir con la negativa registrada al Tribunal Departamental de Justicia de La Paz” (sic), ante lo cual el ahora impetrante de tutela hizo reserva de apelación, de la que el Juez demandado dejo constancia (fs. 19 a 20).