SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1018/2021-S4
Fecha: 10-Dic-2021
II. CONCLUSIONES
De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:
II.1. Mediante Resolución 42/13 de 30 de septiembre de 2013, el Fiscal de Materia, emitió contra los ahora accionantes, imputación formal, por la presunta comisión del delito de estafa y estelionato (fs. 12 a 14 vta.).
II.2. Consta Acta de audiencia de consideración de medida cautelar de 19 de agosto de 2019 (fs. 15 a 19 vta.), en la que fue emitida la Resolución 17/2019, por el Tribunal de Sentencia Penal Tercero del departamento de La Paz; por el cual, se dispuso la detención domiciliaria de los hoy impetrantes de tutela (fs. 20 a 22).
II.3. Por Memorándum 398/19-CM-URH de 2 de agosto de 2019, se designó a Gabriela Cecilia Quispe Condori, en el cargo de Secretaria del Tribunal de Sentencia Penal del departamento de La Paz, con alta el 2 de septiembre de igual año (fs. 23).
II.4. Cursa constancia de remisión de la apelación incidental interpuesta por los ahora accionantes contra la Resolución 17/2019 de 19 de agosto, efectivizada por primera vez el 16 de septiembre de 2019 y por segunda vez el 23 de octubre del referido año (fs. 24 y vta.).
II.5. Mediante Auto de Vista 468/2019 de 31 de octubre, la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, declaró la admisibilidad del recurso interpuesto por la parte imputada, declarando la improcedencia de las cuestiones planteadas y confirmó la Resolución 17/2019 (fs. 63 a 64 vta.).