SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1023/2021-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1023/2021-S3

Fecha: 01-Dic-2021

II. CONCLUSIONES

De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en el expediente, se establece lo siguiente:

II.1. Por memorial de 17 de diciembre de 2020, Jaime Huanca Mamani -hoy impetrante de tutela-, dentro de la investigación iniciada contra su persona, por la presunta comisión del delito de violación, solicitó al Juez de Instrucción Anticorrupción y contra Violencia hacia la Mujer Primero de la Capital del departamento de La Paz, señale fecha y hora de audiencia de consideración de cesación de la detención preventiva, sustentando su pretensión en la previsión del art. 239.1 del CPP; asimismo cursa “NOTA MARGINAL” de 18 de igual mes y año, suscrita por Ángel Rosendo Trujillo Benito, Secretario del precitado Juzgado, señalando que la Jueza “…en suplencia legal del Juzgado de Instrucción Anticorrupción y contra la violencia hacia la mujer 1º se encuentra desarrollando audiencia con aprehendido…” (sic), y que además por falta de notificaciones no se pudo convocar a la audiencia programada, haciendo constar que la causa sería remitida al Juzgado de turno por las vacaciones de fin de año (fs. 2 a 3).

II.2. El 22 de diciembre de 2020, el peticionante de tutela presentó memorial dirigido al “…JUEZ DE TURNO JUZGADO TERCERO DE INSTRUCCIÓN ANTI CORRUPCIÓN Y VIOLENCIA CONTRA LA MUJER DE LA CIUDAD DE LA PAZ” (sic), solicitando nuevo señalamiento de audiencia, manifestando que el acto programado para el 18 del mismo mes y año se suspendió, además de no haber sido notificado con el mismo (fs. 4).