SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1026/2021-S3
Fecha: 01-Dic-2021
II. CONCLUSIONES
De la revisión de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:
II.1. Mediante Certificado de 23 de noviembre de 2020, la Secretaria del Juzgado Público de Familia Sexto de la Capital del departamento de Santa Cruz, refirió que en ese despacho judicial se tramitó el fenecido proceso de divorcio entre Ventura Luis Sánchez Salas y Mónica Terrazas Rocha -hoy accionante-, dentro del cual por memorial presentado el 12 de junio de 2018, la última nombrada hizo conocer la habilitación de la cuenta 10000027233109 del Banco Unión S.A., para depósitos de asistencia familiar (fs. 35).
II.2. A través de memorial presentado el 17 de diciembre de 2020, la accionante solicitó a la Jueza Pública Civil y Comercial Tercera de la Capital del departamento de Santa Cruz -ahora accionada- el señalamiento de audiencia de conciliación y pidió se oficie a la ASFI para que se proceda al descongelamiento de la cuenta -10000027233109 del Banco Unión S.A.- donde se deposita la asistencia familiar en favor de su hijo menor de edad; a tal efecto, adjuntó el Certificado de 23 de noviembre de igual año (fs. 36).
II.3. Por decreto de 21 de diciembre de 2020, la Jueza hoy accionada fijó audiencia de conciliación para el 10 de marzo de 2021, a las 11:00 horas (fs. 37).