Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0008/2021-ECA
Fecha: 05-Abr-2021
POR TANTO
La Sala Plena del Tribunal Constitucional Plurinacional, en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado y el art. 13.I del Código Procesal Constitucional; resuelve, declarar: HA LUGAR a la solicitud de aclaración, complementación y enmienda formulada por las autoridades de la comunidad Huaricana Satelite; y en consecuencia:
- aclaración, enmienda y complementación
- I. CONTENIDO DE LA SOLICITUD
- Las partes, dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a la notificación de la resolución, podrán solicitar se precise conceptos obscuros, corrija errores materiales o subsane omisiones, sin afectar el fondo del fallo emitido
- puede de oficio o a petición de parte, precisar conceptos obscuros, corregir errores materiales o subsanar omisiones, sin modificar el fondo de lo resuelto
- II.2. Fundamentos de la complementación y enmienda de la SCP 0019/2020 de 2 de septiembre
- POR TANTO
- 4° Disponer