Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0073/2021-S4
Fecha: 30-Abr-2021
a)
La parte accionante a través de su abogado, ratificó los términos expuestos en su memorial de acción de libertad y ampliándolos manifestó lo siguiente: a) No pudieron cancelar la cuenta que ascendía a más de Bs32 000.- (treinta y dos mil bolivianos), debido a la difícil situación por la que atraviesa el país; b) Hicieron conocer que no son de Cochabamba sino de Santa Cruz; y, c) Solicitaron hacer efectiva la deuda a través de un plan de pagos.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- concedió
- II.2.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- que los centros hospitalarios sean éstos de carácter público o privado, cuando retienen en sus instalaciones a los pacientes dados de alta, o en su caso se nieguen a darles el alta con la finalidad de obligar a los mismos pacientes o a sus familiares al pago de la deuda por los servicios prestados, lesionan el derecho a la libertad individual y de locomoción de la persona
- III.2. Análisis del caso concreto
- Fragmento 11
- CONFIRMAR