Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0176/2021-CA
Fecha: 19-May-2021
RECHAZAR
La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional, en virtud a lo establecido por el art. 27.II inc. c) del Código Procesal Constitucional, resuelve: RECHAZAR la acción de inconstitucionalidad abstracta, planteada por Alcides Peña Jiménez y Mabel Moreno Añez de Ayala, Concejales Titulares del Gobierno Autónomo Municipal de Cotoca, provincia Andrés Ibáñez del departamento de Santa Cruz.
- Fragmento 1
- I.1. Argumentos jurídicos de la acción
- INCONSTITUCIONALIDAD
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- a)
- El accionante debe explicar las razones, por las que se considera que las normas impugnadas son contrarias al texto de la Constitución Política del Estado
- el accionante observe la necesidad de dejar plenamente establecidas las razones jurídicas que generen duda a este Tribunal para expulsar del ordenamiento jurídico algún precepto contrario a la Ley Fundamental
- II.3. Análisis del caso concreto
- RECHAZAR