SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0156/2021-S4
Fecha: 17-May-2021
concedió
La Jueza de Sentencia Penal Décima del departamento de Santa Cruz, constituida en Jueza de garantías, por Resolución 06/19 de 6 de diciembre de 2019, cursante de fs. 9 a 11 vta., concedió la tutela impetrada; disponiendo que, el Juez demandado en el plazo legal remita los antecedentes de la resolución apelada ante el superior en grado, a objeto de que se resuelva; bajo los siguientes fundamentos: i) De la revisión del expediente del proceso penal; se tiene que, habiendo presentado apelación incidental el 18 de noviembre de 2019, contra el Auto Interlocutorio 308/2019, no fue remitido en plazo establecido por ley ante el superior en grado, transcurriendo más de 10 días; ya que, tratándose de una persona privada de libertad se debe actuar con celeridad, cumpliendo con los plazos establecidos por ley; ii) El principio de celeridad procesal, se impone a todos los administradores de justicia; y, iii) Con relación al derecho a la vida desarrollado en la “SC 0824/2011 de 3 junio”, corresponde hacer un análisis; y, en consideración a la avanzada edad y al reclamo por parte del accionante, el Juez como contralor de los derechos, debió tomar las previsiones; es decir, debió solicitar informe al Régimen Penitenciario del Centro –de Readaptación Productiva Montero- donde se encuentra el impetrante de tutela; para que se realice los estudios, con el fin de evidenciar la vulneración a la vida e integridad física.
- acciones de libertad
- I.1.1.1. Hechos que motivan la acción
- Fragmento 3
- denegó
- I.2.1.1. Hechos que motivan la acción
- Fragmento 6
- 1)
- concedió
- I.2.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- ) Traslativo o de pronto despacho, a través del cual se busca acelerar los trámites judiciales o administrativos cuando existen
- busca
- III.2. Análisis del caso concreto
- SALVO AQUELLOS QUE HUBIERAN SIDO CONDENADOS POR DELITOS QUE NO ADMITAN INDULTO
- 1° CONFIRMAR