SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0168/2021-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0168/2021-S4

Fecha: 26-May-2021

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Desde hace diez años, tiene constituido su domicilio y un puesto de venta de calzados en calle Linares 26 y Ballivián en Llallagua del departamento de Potosí, debido a que fue autorizado por su tío Francisco Mancilla Marca; quien era propietario del inmueble aunque nunca concluyó su trámite de titulación sobre el mismo, razón por la que, éste se encuentra registrado a nombre de Remigio Mamani y Andrea Ambrosio.

Lamentablemente, al fallecer su mencionado tío, comenzaron las rencillas con Marcelo Mancilla Marca, quien se arroga derecho propietario del citado inmueble, hasta que un día impidió ingresar al mismo lugar, en el que desarrolla su actividad de subsistencia principal, dado que tiene una tienda de venta de calzados; por lo que, se convocó a una audiencia conciliatoria realizada el 5 de marzo de 2020, la misma que no tuvo ningún resultado.

Así, el mismo día de la celebración de la audiencia de conciliación, al retornar a su morada, evidencio que habían cambiado la chapa de ingreso al inmueble, privándole del ejercicio de su derecho a una vivienda sin considerar que es una mujer sola y cuenta con cincuenta y nueve años de edad, así como de su derecho al trabajo, dado que al poder ingresar a su domicilio, tampoco puede dedicarse a la venta de su mercadería que constituye la única fuente de ingresos.