AUTO CONSTITUCIONAL 0194/2021-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0194/2021-CA

Fecha: 10-Jun-2021

I.2. Argumentos jurídicos del recurso

Las resoluciones impugnadas al tener carácter judicial se pueden definir como resoluciones emitidas por órganos públicos, en tal sentido, el presente recurso no está dirigido a anular simples actos procesales que tienen sus propios medios de impugnación, sino que se trata de resoluciones que se arrogan competencias y atribuciones de otros órganos del Estado, atentando contra la división de poderes y el carácter democrático del Estado Boliviano.

Conforme el fundamento de fondo del presente recurso, tanto el Juzgado     Público Civil Noveno del departamento de La Paz, la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz; y la Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia emitieron sus fallos en un conflicto particular, definiendo, fijando y determinando como cuestión previa las delimitaciones territoriales entre los municipios de La Paz y La Palca, estableciendo que las Urbanizaciones “El Vergel” y Aruntaya pertenecen a la jurisdicción de la ciudad de La Paz en menoscabo de los intereses del municipio de La Palca, lo que significa una ruptura en la división de poderes y el adecuado funcionamiento de las autonomías municipales, siendo que el cauce para resolver un conflicto limítrofe tiene una autoridad, un procedimiento y un determinado alcance de acuerdo con la Ley de Delimitación de Unidades Territoriales –Ley 399 de 31 de enero de 2013–; pues, la delimitación territorial de entidades autónomas, son de orden público y de competencia exclusiva de los gobiernos departamentales y no del Órgano Judicial; en consecuencia, reservada para el nivel central de Estado, la formulación de políticas de planificación territorial conforme el art. 298 de la Constitución Política del Estado (CPE); y, correspondiendo al Órgano Judicial los límites y competencias establecidos por la Ley del Órgano Judicial -Ley 025 de 24 de junio de 2010-.