Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0209/2021-CA
Fecha: 18-Jun-2021
Jefe Departamental de Trabajo de Potosí
En consulta la Resolución de 24 de mayo de 2021, cursante de fs. 4 a 5, pronunciada por el Jefe Departamental de Trabajo de Potosí dependiente del Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social, por la que rechazó la solicitud de promover la acción de inconstitucionalidad concreta interpuesta por Juan Justo Roberto Bohórquez Ayala, Rector de la Universidad Autónomo Tomás Frías, demandando la inconstitucionalidad del art. 2 del Decreto Ley (DL) 16187 de 16 de febrero de 1979, por ser presuntamente contrario a los arts. 12, 158.3, 162 y 164 de la Constitución Política del Estado (CPE).
- Jefe Departamental de Trabajo de Potosí
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- rechazó
- procederá en el marco de un proceso
- Fragmento 5
- Fragmento 6
- fundamentación exigida en el art. 24.I.4 del CPCo, cuyo incumplimiento es sancionado con el rechazo de la acción, conforme estipula el art. 27.II. inc. c) del mismo Código
- Fragmento 8
- II.4. Análisis del caso concreto