Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
La suscrita Magistrada manifiesta su conformidad con la SCP 0304/2021-S3 de 23 de junio -objeto de la presente fundamentación de voto aclaratorio-, al estar de acuerdo con la determinación asumida de denegar la tutela solicitada.
Fecha: 23-Jun-2021
Partes: José Ramiro Uriarte Ortiz
Partes: José Ramiro Uriarte Ortiz en representación sin mandato de Cristian Alindere La Fuente contra María Jackeline Soriano Rivero, Ernesto Guardia Escobar y Carlos Fremiot Mendieta Terrazas, Jueces del Tribunal de Sentencia Penal Segundo de la Capital del departamento de La Paz.
- Partes: José Ramiro Uriarte Ortiz
- I. ARGUMENTOS DEL VOTO ACLARATORIO
- a) el acto lesivo, entendido como los actos ilegales, las omisiones indebidas o las amenazas de la autoridad pública, denunciados, deben estar vinculados con la libertad por operar como causa directa para su restricción o supresión; b) debe existir absoluto estado de indefensión, es decir, que el recurrente no tuvo la oportunidad de impugnar los supuestos actos lesivos dentro del proceso y que recién tuvo conocimiento del mismo al momento de la persecución o la privación de la libertad