SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0196/2021-S2
Fecha: 02-Jun-2021
denegó
La Sala Constitucional Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, por Resolución 31/2020 de 15 de julio, cursante de fs. 251 a 255, denegó la tutela solicitada, conforme a los siguientes fundamentos: i) Mediante notas de 18 y 19 de mayo de 2020, varios Asistentes Académicos de PROFOCOM - SEP, entre ellos, algunos que interpusieron la presente acción de defensa solicitaron reincorporación, continuidad laboral y pago de salarios; así, por nota de 25 de junio de igual año, emitida por Mario Pérez Fernández, Coordinador Nacional de PROFOCOM - SEP, dirigida a Richard Lizandro Cori Gironda y Rabito Marcial Copa Roque, respondió a dichas peticiones, haciendo constar que, con base a un análisis exhaustivo de la documentación entregada, informó remitir el nombre de sus compañeros que son maestros a las listas para reubicación en educación regular, señalando que deben apersonarse a la Dirección Departamental de Educación Regular; ii) Los impetrantes de tutela abrieron el procedimiento administrativo con su reclamo y “hasta la fecha” no respondieron al petitorio de los accionantes, teniendo la posibilidad de impugnar en esa vía cualquier decisión que pueda lesionar sus derechos; iii) Por el carácter subsidiario de la acción de amparo constitucional, los prenombrados previamente debieron agotar los recursos administrativos para denunciar o en su caso solicitar enmendar las presuntas irregularidades; y, iv) No podría aplicarse una excepción a la subsidiariedad por mujeres embarazadas, padres progenitores o personas con capacidades diferentes; por cuanto, no se explicó ni justificó la misma.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III.
- Fragmento 10
- Fragmento 11
- no podrá ser interpuesta esta acción extraordinaria, mientras no se haya hecho uso de los recursos ordinarios o administrativos y, en caso de haber utilizado
- Fragmento 13
- Fragmento 14
- ESFM/UA GESTIÓN 2020
- Fragmento 16
- Fragmento 17
- CONFIRMAR