Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0208/2021-S4
Fecha: 02-Jun-2021
I.2.2. Informe del funcionario Policial demandado
Yerson Huanca Pinto, funcionario Policial del Organismo Operativo de Transito de La Paz, en audiencia virtual; manifestó que, el 10 de junio de 2020, atendió el presente caso de coalición de dos motorizados por alcance, en el que se ocasionó daños materiales, no se verificó lesiones físicas, habiendo dispuesto que el vehículo fuera remitido a un garaje particular; puesto que, el Organismo Operativo de Tránsito no cuenta con garajes propios, solicitando en consecuencia se deniegue la tutela.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.2. Informe del funcionario Policial demandado
- denegó en parte
- III.1. Sobre la naturaleza jurídica de la acción de libertad
- La acción de libertad, es un mecanismo de defensa constitucional extraordinario de carácter preventivo, correctivo y reparador, instituido para la protección inmediata y efectiva de los derechos fundamentales a la libertad física como de locomoción en casos de detenciones, persecuciones, apresamientos o procesamientos ilegales o indebidos por parte de servidores públicos o de personas particulares; así como a la vida, cuando ésta se encuentra afectada o amenazada por la restricción o supresión de la libertad′.
- III.2.
- REVOCAR