DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0025/2021
Fecha: 22-Jul-2021
Fragmento 14
Asimismo se tiene que, por Informe TSE-DN.SIFDE 202/2021 de 7 de mayo, emitido por el Técnico de Acompañamiento y Observación en Democracia Intercultural dependiente de la Dirección Nacional del SIFDE del Tribunal Supremo Electoral, se concluyó que la pregunta: “¿ESTÁ USTED DE ACUERDO CON LA APROBACIÓN Y PUESTA EN VIGENCIA DE LA CARTA ORGÁNICA DEL GOBIERNO AUTÓNOMO MUNICIPAL DE SAN IGNACIO DE VELASCO? SI - NO”, cumple con los criterios de claridad, precisión e imparcialidad establecidos en el art. 18 de la LRE (Conclusión II.3); en ese sentido, la Sala Plena del referido Tribunal, emitió la Resolución
TSE-RSP-ADM 0138/2021 de 18 de mayo, en la que resolvió aprobar la propuesta de pregunta para referendo en conformidad al indicado Informe Técnico, para activar la consulta sobre constitucionalidad de la pregunta de referendo (Conclusión II.4).
- I.1. Contenido de la consulta
- I.2. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- Fragmento 7
- elaborará de manera participativa el proyecto de Estatuto o Carta Orgánica que deberá ser aprobado por dos tercios del total de sus miembros, y previo control de constitucionalidad, entrará en vigencia como norma institucional básica de la entidad territorial mediante referendo aprobatorio en su jurisdicción
- finalmente un referendo aprobatorio
- III.2. El control de constitucionalidad de preguntas para referendo
- a)
- III.3. El referendo aprobatorio de las Cartas Orgánicas
- III.4. Análisis del caso concreto
- Fragmento 14
- 1) Claridad
- CONSTITUCIONALIDAD