Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0025/2021
Fecha: 22-Jul-2021
II.2.
II.2. Mediante Leyes Municipales Autonómicas 483/2021 de 9 de marzo, y 489/2021 de 22 de marzo, el Órgano Legislativo de la Entidad Territorial Autónoma (ETA) del GAM de San Ignacio de Velasco del departamento de Santa Cruz, aprobó la pregunta para referendo con el siguiente texto: “¿ESTÁ USTED DE ACUERDO CON LA APROBACIÓN Y PUESTA EN VIGENCIA DE LA CARTA ORGÁNICA DEL GOBIERNO AUTÓNOMO MUNICIPAL DE SAN IGNACIO DE VELASCO? SI - NO” (fs. 5 a 14).
- I.1. Contenido de la consulta
- I.2. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- Fragmento 7
- elaborará de manera participativa el proyecto de Estatuto o Carta Orgánica que deberá ser aprobado por dos tercios del total de sus miembros, y previo control de constitucionalidad, entrará en vigencia como norma institucional básica de la entidad territorial mediante referendo aprobatorio en su jurisdicción
- finalmente un referendo aprobatorio
- III.2. El control de constitucionalidad de preguntas para referendo
- a)
- III.3. El referendo aprobatorio de las Cartas Orgánicas
- III.4. Análisis del caso concreto
- Fragmento 14
- 1) Claridad
- CONSTITUCIONALIDAD